Ley 74/2025 - Ciudadanía Italiana
La Ley 74/2025, recientemente aprobada por el Gobierno italiano, introduce restricciones drásticas al derecho a la ciudadanía por línea sanguínea (iure sanguinis). Aunque presentada como una solución a la sobrecarga del sistema consular y judicial, la norma avanza sobre principios fundamentales del ordenamiento jurídico italiano y europeo.
Desde MigraExperto, como equipo de abogados especializados en ciudadanía, derecho administrativo y derecho constitucional explicamos por qué esta ley es inconstitucional y qué herramientas existen para defender tus derechos.
⚖️ 1. El principio de irretroactividad
Uno de los pilares del derecho italiano es que las leyes no pueden aplicarse hacia el pasado si afectan negativamente a los derechos de las personas.
📌 Artículo 11 del Código Civil italiano establece que las leyes no pueden tener efecto retroactivo.
Sin embargo, la Ley 74/2025 aplica nuevas condiciones a personas nacidas mucho antes de su entrada en vigor, quitándoles el derecho a ser reconocidas como ciudadanas italianas por el solo hecho de no haber iniciado el trámite antes de una fecha arbitraria.
Esto no solo es injusto, es inconstitucional.
🛡️ 2. Supresión de derechos adquiridos sin proceso
La ley niega el reconocimiento de ciudadanía a personas que, por línea sanguínea, ya eran ciudadanas italianas por nacimiento, aunque no hubieran iniciado el proceso de reconocimiento formal.
Pero el acto consular o judicial no crea la ciudadanía: la declara.
Por lo tanto, negarla equivale a una pérdida de ciudadanía sin proceso, sin evaluación individual, sin derecho a defensa.
Esto viola el:
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Artículo 22 de la Constitución: prohíbe quitar la ciudadanía por motivos políticos o sin base legal adecuada.
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Artículo 24: garantiza el derecho inviolable a la defensa en todo proceso.
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Principio de seguridad jurídica y confianza legítima, base del Estado de Derecho.
⚖️ 3. El uso indebido del decreto-ley
La Ley 74/2025 fue introducida como decreto-ley, un instrumento reservado para casos extraordinarios de necesidad y urgencia (art. 77 de la Constitución). Sin embargo, la reforma que propone es estructural y afecta derechos fundamentales, por lo que debió ser tratada por ley ordinaria, con debate parlamentario completo y participación social.
📉 4. Discriminación y violación al principio de igualdad
La nueva norma introduce criterios arbitrarios y discriminatorios:
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Excluye a personas solo por haber nacido fuera de Italia.
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Favorece a quienes nacen en territorio italiano, aunque tengan igual genealogía.
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Penaliza a quienes tienen otra nacionalidad, incluso si fue adquirida automáticamente al nacer.
Todo esto viola el artículo 3 de la Constitución, que establece la igualdad de todos ante la ley y prohíbe toda discriminación injustificada.
🌍 5. Incompatibilidad con el derecho europeo e internacional
La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tjebbes, 2019) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (CEDH, art. 8) establece que:
La ciudadanía no puede perderse automáticamente sin un análisis individual ni posibilidad de defensa.
La Ley 74/2025 no prevé ninguna instancia de evaluación ni defensa previa, lo que la hace impugnable ante tribunales europeos.
🧾 Conclusión: no es una reforma técnica, es una regresión jurídica
La Ley 74/2025 no es solo una modificación administrativa, sino una norma que transforma la ciudadanía italiana en una concesión condicionada, en lugar de un derecho de nacimiento.
Vulnera principios jurídicos esenciales, y por eso es constitucionalmente impugnable.
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